29 DE JUNIO DE 2020
Este fin de semana, sábado 28 de junio de 2020, durante una salida del Club de Jerez de los Caballeros, un conductor, a la hora de adelantarlos les grabó con su móvil realizando maniobras que ponian en peligro la vida de los deportistas.
Este tipo de acciones, por suerte, no se ven todos los días ya que cada vez más existe una conciencicación y respeto hacia el/la ciclista. No obstante, es necesario denunciar este tipo de acciones. Desde la #FExC les damos todo nuestro apoyo al club y recordamos la campaña que, junto a la Federación extremeña de Triatlon y la Fundación Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura se lanzó el DECÁLOGO para los conductores.
La Ley de Seguridad Vial establece que el vehículo que adelante a un ciclista o conjunto de ellos, deberá realizarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario de la calzada, pudiendo rebasar la línea continua, siempre en condiciones de seguridad y guardando una distancia de seguridad mínima 1,5 metros. Está prohibido adelantar a un ciclista si dicha maniobra puede poner en peligro o entorpecer la marcha de los ciclistas, que circulen tanto en el mismo sentido como en el sentido contrario al vehículo que se va a adelantar. Es aconsejable también, que antes de adelantar, se reduzca la velocidad a la que el vehículo circula para adelantar al ciclista de forma más segura, evitando así sorprenderle.
Los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor, cuando, circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta. Es decir, cuando los ciclistas circulan en grupo son considerados como una única unidad móvil de los efectos de prioridad de paso, porque de esa forma se refuerza su seguridad.
En autovías solo podrán circular por el arcén, y siempre que sean mayores de 14 años, y no esté específicamente prohibido por la señal correspondiente. Además, no se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas del mismo grupo. Los ciclistas tienen prohibido circualar por autopistas.
Es obligatorio para los ciclistas, tanto en carretera como en zona urbana, el uso de luz delantera y reflectante trasero en la bicicleta, así como el uso de una prenda reflectante cuando se circula de noche o en situaciones de escasa visibilidad.
Los ciclistas, al igual que el resto de conductores de otros vehículos están obligados a someterse a las pruebas de alcohol y drogas cuando les sea requerido en un control preventivo, se encuentren implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido alguna infracción. En estos casos, solamente se le aplica la sanción administrativa, no la detracción de puntos ya que éstos van vinculados a un permiso de conducción.
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FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE CICLISMO
Traseras Calle Platón s/n 06800 | Mérida (Badajoz)
924388611
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